Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condena a 18 años y 15 años y un día de presidio a miembros de organización dedicada al tráfico de drogas en el sur del país.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó a Hanner Andrés Figueroa Guengue a la pena de 18 años de presidio efectivo; en tanto, Israel Hernán Rivas Asprilla y Adlay David Quiñones Castro deberán cumplir 15 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado entre abril y diciembre del año pasado en las ciudades de Osorno, Puerto Montt y Santiago.

En fallo unánime (causa rol 42-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Edmundo Moller Bianchi (presidente), Héctor Hinojosa Aubel y María Soledad Santana Cardemil (redactora)– aplicó, además, a Figueroa Guengue, Rivas Asprillay y Quiñones Castro las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos, derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de una multa a beneficio fiscal de 120 unidades tributarias mensuales (UTM) cada uno.

En la causa, el tribunal condenó a Carlos Arturo Álvarez Reza, Yefferson Andrés Riascos Rengifo y Jennifer Esther Salazar a 10 años y un día de presidio efectivo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 40 UTM cada uno.

En el caso de Edith Nicaulys Santana Arias de Sosa y Jonathan Angulo Vente el tribunal les impuso 5 años y un día de presidio efectivo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de multas de 40 UTM.

A la condenada Marina Fernanda Maturana Martínez, el tribunal le impuso la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa de 80 UTM.

Finalmente, se absolvió al acusado Ismael de la Rosa, al no lograr el Ministerio Público acreditar su participación culpable en los hechos.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies, dinero, instrumentos del delito y el vehículo incautados.

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *