¿MIPE sobreendeudada? Asesoría Económica de Insolvencia Gratuita (AEIG) en tiempos de COVID-19.
La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), informó que hasta el 30 de abril del año en curso, Micro o Pequeña Empresas podrán postular- a uno de los 80 cupos a nivel país- a una Asesoría Económica de Insolvencia Gratuita (AEIG) de la Ley N.º 20.416.
La asesoría económica de insolvencia tiene por finalidad analizar financiera y contablemente la situación económica de la empresa, sugiriendo acciones para evitar una posible liquidación y estableciendo acuerdos con acreedores si la situación así lo amerita, dentro de un contexto de protección financiera.
Gracias a un diagnóstico de las causas que originaron la crisis actual, el Asesor – un experto registrado en la Superir y fiscalizado por esta – propone realizar las gestiones financieras, legales y contables que se requieren para superarla, buscando definir alternativas viables, entre ellas, puede estar la reorganización o cierre de la empresa.
Los interesados deben acceder en la página web www.superir.gob.cl, al banner Empresas Mipes afectadas por la pandemia, y si cumple con los requisitos, llenar el formulario de postulación a la gratuidad de la asesoría.
Una vez que esté precalificado, un funcionario de la Superir se contactará para ayudarlo en línea para acreditar los requisitos, informándole los pasos a seguir, y en caso de que obtenga el beneficio, le indicará cuándo el Asesor Económico de Insolvencia se pondrá en contacto.
Cabe destacar que un Asesor Económico de Insolvencia puede ayudar a una pyme a renegociar sus deudas directamente con sus acreedores, y mientras renegocia, estará protegido hasta por 90 días de todo tipo de juicios de cobranza (excepto pago de remuneraciones y cotizaciones) y embargos. La gratuidad consiste en que los servicios del Asesor, los paga el Estado a través de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y Sercotec.
Los requisitos de admisibilidad de la Asesoría Económica de Insolvencia Gratuita son:
- Tributar en primera categoría.
- Tener ventas netas de impuesto igual o inferiores de 25.000 UF en los últimos 12 meses.
- No tener deudas previsionales.
El Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, señaló que “las pymes son la principal fuente de empleos y el motor de las regiones. En ese contexto el objetivo final de una AEIG es que el emprendedor pueda darle continuidad a su negocio sin tener que llegar a un cierre total. Siendo la liquidación de bienes como una solución de última instancia para poder volver a reemprender”.