Seremi del Trabajo conforma mesa con Organismos Administradores de la Ley 16.744.

El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Fernando Gebhard, junto a la Directora Regional del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) Sofía Bohle, conformaron una mesa con Organismos Administradores de la Ley 16.744, que protege a los trabajadores frente a un accidente laboral o enfermedad profesional.

En la actividad, que se realizó a través de la plataforma Zoom, participaron representantes del Instituto de Seguridad del Trabajo (IST), la Asociación Chilena de Seguridad (Achs) y la Mutual de Seguridad (Museg), además de representantes de la Seremi de Salud y de Intendencia Regional.

“Esta mesa nace con el objetivo de cuidar la salud y seguridad de todos nuestros trabajadores en la región de Los Lagos y coordinar acciones para revisar y mantener los protocolos frente al Covid-19. También invitamos a la Seremi de Salud para reforzar temas como búsqueda de casos activos, contactos estrechos y por supuesto la salud mental de nuestros trabajadores. Es importante señalar que esta será la primera de una serie de reuniones que mantendremos para abordar la Ley 16.744. Es importante destacar que es la primera vez que se crea una mesa de este tipo en la región, y la idea es que se mantenga en el tiempo”, dijo el Seremi Gebhard.

“En una búsqueda constante de mantenernos comunicados y en cooperación todos los organismos administradores de la Ley 16.744 fuimos convocados a una reunión en la que abordamos diferentes temas tales como el proceso de vacunación y la disposición de las mutualidades para apoyar en el mismo, Protocolo COVID, Búsqueda Activa de Casos, Contactos Estrechos, entre otros. Todo esto con el fin de estar coordinados con todas las mutualidades. La idea es que la mesa sea permanente, ya que es importante que se revisen constantemente todos los protocolos, especialmente hoy los relacionados al Covid-19 para revisar estrategias para llegar a la población”, manifestó por su parte la directora Bohle.

La ley 16.744 asegura que los trabajadores dependientes, tanto del sector privado, como del sector público, y los trabajadores independientes que coticen, estarán protegidos por el seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

En caso de ocurrencia de un accidente laboral o enfermedad profesional, el trabajador afectado deberá informar a su empleador, quien estará obligado a denunciar el siniestro al Organismos Administrador correspondiente y derivarlo al respectivo centro médico, el ocultamiento de un accidente del trabajo o de una enfermedad profesional por parte del empleador será sancionado por el organismo fiscalizador correspondiente.

Si el empleador no denuncia el accidente laboral o la enfermedad profesional, el trabajador deberá recurrir al Organismo Administrador al que se encuentre afiliada la empresa para que le otorgue las prestaciones correspondientes y denunciar el hecho ante la Inspección del Trabajo (http://www.dt.gob.cl).

En caso que el Organismo Administrador no le reconozca el accidente o la enfermedad como de origen laboral, puede reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social, igualmente lo puede hacer respecto de las prestaciones que se otorguen (http://www.suseso.cl).

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