MOP llama a consulta pública reglamentos asociados a permisos de construcción de obras hidráulicas regulados en el Código de Aguas
La Dirección General de Aguas del MOP inició el proceso de consulta pública de tres reglamentos asociados a la habilitación de técnicas habilitantes alternativas para permisos de construcción de obras hidráulicas y de modificaciones de cauces, todo esto derivado de la implementación de la ley 21.770 de 2025 que crea un marco general de autorizaciones sectoriales de proyectos.
La consulta pública estará disponible hasta el viernes 23 de enero en https://dga.mop.gob.cl/consulta-publica/, donde las personas podrán descargar los documentos y luego emitir sus observaciones.
El director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza, indicó que “los documentos en consulta consideran modificaciones para poner en práctica los cambios introducidos en la ley 21.770 sobre autorizaciones sectoriales para habilitar y agilizar la materialización de proyectos de inversión y promover así el desarrollo de la productividad. Además, se dispuso en consulta el actual Decreto Supremo 50 de 2015, el cual establece condiciones técnicas que deben cumplirse en el proyecto y operación de grandes hidráulicas identificadas en el artículo 294 del Código de Aguas”.
En consulta está el “Reglamento para el régimen de declaración jurada de obras de modificación de cauces naturales o artificiales”, el cual aborda las técnicas habilitantes que permiten el desarrollo de un proyecto para su construcción y posterior recepción sin exigir la dictación de un acto administrativo favorable previo. Esto significa que, para determinadas obras, bastará que el solicitante presente una declaración jurada dando cuenta del detalle del proyecto.
Asimismo, están en consulta el “Reglamento para el régimen de declaración jurada para obras de construcción, modificación, cambio y unificación de bocatomas” y el “Reglamento que establece las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de obras hidráulicas (DS N° 50)”
Una vez finalizada la consulta pública, la DGA revisará las observaciones y definirá cuáles podrían ser un aporte para su incorporación en el reglamento final que deberá ser ingresado para su revisión en Contraloría General de la República.
