La Protección de Datos y su nueva institucionalidad
Emilio Oñate
Decano Facultad de Derecho y Humanidades UCEN
El Presidente de la República ha anunciado la presentación de indicaciones al proyecto de ley que desde el año 2017 se encuentra en el Senado, en primer trámite constitucional que crea una nueva institucionalidad para la protección de datos. Es positivo que el gobierno haya desistido en radicar la autoridad de control en esta materia en el Consejo para la Transparencia, entidad que desde su génesis a promovido y regulado la mayor divulgación de la información y la transparencia de las entidades públicas, objetivos contradictorios y hasta antagónicos con la intimidad, la vida privada y la confidencialidad de la información, que son los ejes sobre los cuales se sustenta la protección de datos de carácter personal.
La experiencia comparada muestra que el éxito de cualquier legislación en protección de datos mucho tiene que ver con el establecimiento de una autoridad de control y esa eficacia esta indisolublemente vinculada a su carácter independiente o autónomo, tanto desde la perspectiva política como desde la perspectiva técnica. Por ello, es importante que la autoridad de control en protección de datos tenga estabilidad institucional para desarrollar su gestión, que evite o a lo menos disminuya las presiones que provienen desde el mercado y también desde el tratamiento de datos que realiza el Gobierno. Esa estabilidad se afecta y disminuye cuando se radica dicha entidad bajo la supervigilancia del Presidente a través del ministerio que sea, y que según se ha anunciado sería el Ministerio de Economía.
A pesar de lo positivo que parece este anuncio, el énfasis en la generación de esta nueva institucionalidad no debería colocarse en la importancia que tendrá la Agencia en la promoción de la inversión y el desarrollo de la industria de las tecnologías de la información, si no que, al igual como lo han entendido los países de la OCDE, la creación de una Autoridad de Control constituye un elemento trascendental para la promoción y regulación del derecho fundamental a la protección de datos personales, resguardando la autodeterminación informativa de las y los ciudadanos.