Sernac exigirá a Jetsmart compensaciones por no devolver el dinero tras suspensión de viajes.

El SERNAC abrió un Procedimiento Voluntario Colectivo con Jetsmart con el fin de exigir compensaciones por la no devolución del dinero pagado por los consumidores tras la suspensión del viaje en el contexto de pandemia.

El Servicio recibió más de 3.800 reclamos en 2020 y 324 casos al 31 de enero de este año, donde los consumidores señalan que no se les devuelve el dinero pagado por viajes, que se les ofrecen reembolsos que finalmente no se verifican, además de falta de información y dificultades para contactar a la empresa. En un alto porcentaje de los reclamos recibidos por el SERNAC, la empresa no entregó una solución al consumidor.

A través de un Procedimiento Voluntario Colectivo, el Servicio pretende, entre otros aspectos, que la empresa ofrezca una solución para quienes compraron sus servicios y no lo recibieron, así como para quienes deseen reagendar, sin tener que pagar multas por ello.

El Director (s) del SERNAC, Jean Pierre Couchot, explicó que “lo que exigimos desde un primer momento respecto a los viajes, es que se ofrecieran alternativas equivalentes, se reprogramara con flexibilidad y se devolviera lo pagado si finalmente las personas no pueden viajan”.

No obstante, indica que ello no ocurrió con esta empresa pese a que “ya pasó un tiempo prudente desde el inicio de la pandemia y no hay excusas para no responder a los consumidores por lo mínimo que están pidiendo que es contestar el teléfono y no pagar por un servicio que no recibieron o que se les entreguen alternativas equivalentes y adecuadas”.

La autoridad señaló que a través de este procedimiento se buscarán soluciones para todos los consumidores afectados, aunque en caso de no lograr una propuesta adecuada para los consumidores, no descarta tomar otro tipo de acciones.

El Servicio está analizando si existen otras aerolíneas en una situación similar para evaluar lo que corresponda.

Un Procedimiento Voluntario Colectivo tiene una tramitación expedita y un plazo acotado de duración de máximo seis meses, durante el cual se analizan las propuestas de solución para alcanzar un acuerdo, que cumplan con exigencias básicas como, proponer compensaciones que sean para todos los afectados y proporcionales al daño.

 

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