Abren convocatoria para renovación de representante en el Consejo Nacional de Artes Escénicas

El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio invita a organizaciones del sector de la danza a ser parte del proceso de renovación del Consejo Nacional de Artes Escénicas.

Las organizaciones interesadas tendrán como plazo máximo para enviar la documentación hasta el 16 de enero de 2024. Posteriormente, aquellas que sean consideradas por el Ministerio como las más representativas del sector de la danza, podrán presentar sus candidaturas para ocupar un puesto en el Consejo Nacional de Artes Escénicas.

Creado a partir de la Ley 21.175 sobre fomento a las artes escénicas, el Consejo Nacional de Artes Escénicas está integrado por 16 representantes de diversas disciplinas y sectores. Con un trabajo permanente que se inició en marzo de 2022, algunas de sus atribuciones son realizar propuestas y asesorar a la Subsecretaria de las Culturas y las Artes en la elaboración de la política nacional para las artes escénica, entre otras acciones que apunten al desarrollo y fortalecimiento del sector

Convocatoria

A quienes estén interesados se solicita enviar, a más tardar el 16 de enero de 2024, a las 17:00 horas de Santiago de Chile, los siguientes antecedentes:

  1. Acreditación de personalidad jurídica vigente, a través del certificado correspondiente.
  2. Estatutos de la entidad y sus modificaciones, cuando las hubiere, debiendo contemplar entre sus fines u objetivos, aquellos relativos a la disciplina o ámbito que corresponda a la designación que se deba realizar.
  3. Documentación que permita la identificación del Directorio y domicilio de la organización.
  4. Nómina de asociados vigentes, debidamente inscritos en el registro oficial de la organización, al año anterior al que corresponda efectuar el respectivo nombramiento de integrantes del Consejo.
  5. Informe de las actividades realizadas, en que conste la experiencia demostrada por la organización.
  6. Ficha de postulación – Descargar aquí

Para estos efectos, se entenderá por experiencia demostrada de la organización la existencia pública de actividades realizadas en los territorios asociados, reuniones o asambleas de socios, redes sociales activas, entre otros, considerando la relevancia e impacto de éstas dentro de la disciplina o sector correspondiente.

Estas actividades deberán estar respaldadas a través de publicaciones, documentos (actas, minutas de reuniones, convenios) información de prensa (notas de prensa, entrevistas, artículos, entre otros) u otros soportes que las acrediten, tales como fotografías, registros de videos, audios, etc.

Los documentos presentados deben dar cuenta, al menos, del año de realización, nombre de la actividad, el número de participantes, comuna y región de realización, participación de otras entidades u organizaciones relevantes, entre otros.

Los(as) consejeros(as), en el ejercicio de sus atribuciones, deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, quedarán sujetos a las normas de probidad y a los deberes y prohibiciones establecidos en el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.

Las asociaciones gremiales o sindicales de carácter nacional deberán enviar los antecedentes solicitados al correo electrónico consejoescenicas@cultura.gob.cl indicando en el asunto «Convocatoria Consejo Nacional de Artes Escénicas».

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