Acogen recurso de protección presentado por el municipio osornino en defensa de Humedal Las Quemas
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección deducido en contra de la inmobiliaria Martabit SpA, por el presunto daño ambiental al humedal urbano Las Quemas, resquicio legal interpuesto por el municipio de Osorno, y el cual perseguía la paralización de las obras, mientras la empresa no someta su proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental y obtenga una Resolución de Calificación Ambiental favorable.
El alcalde Emeterio Carrillo explicó que la ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, manifiesta que todos aquellos proyectos o actividades susceptibles de causar impacto en el medio ambiente, deberán someterse a la evaluación del organismo fiscalizador, que para estos fines es el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), “toda vez que es deber del Estado de Chile defender la preservación de la biodiversidad”, argumentó.
La autoridad comunal añadió que, a su juicio, la inmobiliaria no debió iniciar la remoción de tierras y afectar parcialmente la superficie que la municipalidad está solicitando sea declarada como humedal urbano ante el Ministerio de Medio Ambiente, “por lo cual creemos que se contravino la normativa vigente, toda vez que la empresa no contaba con las debidas autorizaciones ambientales”.
Por su parte, el asesor jurídico de la municipalidad de Osorno, Hardy Vásquez, mostró su satisfacción tras la aprobación del recurso de protección deducido en contra de la empresa Martabit SpA, “toda vez que la constructora debió asumir sus obligaciones ambientales, elaborando una declaratoria o estudio de impacto ambiental, competente, a razón además que era de público conocimiento que la casa edilicia había iniciado ante el Ministerio de Medio Ambiente la solicitud de declaratoria de humedal urbano en el sector Las Quemas”.
Finalmente, el abogado manifestó que era imperioso suspender las obras que inició la inmobiliaria en el aludido humedal, “de modo no persista el daño a este ecosistema. De ahí que hayamos solicitado también la orden de no innovar, que fue acogida por este tribunal y lo que, a nivel jurídico, sustenta la paralización de los trabajos que habían comenzado en este lugar hasta que la Corte de Apelaciones resuelva el presente recurso”.