Cámara aprueba proyecto de ley que retiene deudas de pensiones alimenticias de fondos de AFP.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto que permite retener de los fondos de AFP, las pensiones adeudadas de alimentos, iniciativa de ley que fue presentada por el diputado del Partido Liberal (PL), Alejandro Bernales.
La Sala de la Cámara Baja entregó un amplio apoyo a la iniciativa, aprobando en general el proyecto, por 130 votos a favor, con lo que el proyecto será enviado al Senado para su tramitación final.
Al respecto, uno de los impulsores de la iniciativa, diputado Alejandro Bernales recalcó que “con este proyecto se les empieza a acabar la fiesta a los papitos corazón, pero lamentablemente este proyecto no saldará la deuda más grande que tienen los papitos corazón con sus hijos e hijas, que es la deuda del daño moral y afectivo que ejercen contra ellas y ellos; como tampoco saldará la violencia sicológica que ejercen hacia las madres”.
Actualmente, en ambos proyectos del retiro del 10% de los fondos de las AFP, sólo se pueden retener las deudas de alimentos, una vez que el alimentante solicite en forma voluntaria los dineros.
El diputado Bernales recordó que en el primer retiro de las AFP, unas 87 mil personas no sacaron sus fondos de pensiones, precisamente para evitar que estos sean entregados a sus hijos, ya que mantenían deudas alimenticias.
Esa situación cambiará radicalmente una vez que se apruebe este proyecto de ley. La iniciativa permite al juez de familia a autorizar al alimentario, a petición de éste, de su representante legal o curador ad litem, a subrogarse en los derechos del alimentante moroso para realizar la solicitud de retiro de fondos previsionales acumulados en cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
“A todos los papás que decidieron no sacar los fondos de las AFP para no pagar las deudas, hoy están entre la espada y la pared, porque será un juez, el que los obligará a hacerlo”, recalcó el parlamentario.
El proyecto, tal como está redactado hasta ahora, autoriza al alimentario o a quien represente sus derechos -usualmente uno de sus padres- a recurrir directamente a la AFP para solicitar el retiro de los fondos, con la sola exhibición de la sentencia.