Los riesgos de construir en zonas de alta calidad paisajística y ambiental

Por Jadille Mussa – Académica Arquitectura del Paisaje, U.Central

En los últimos días, la ciudad de Reñaca ha sido el epicentro de una polémica que refleja una triste realidad en Chile: la construcción de un edificio en las frágiles dunas de la zona costera. Este caso no sólo plantea interrogantes sobre el desarrollo urbano sostenible, sino que también subraya la preocupante falta de respeto por el medio ambiente y las áreas de riesgo en nuestro país. Este caso plantea interrogantes sobre el desarrollo urbano sostenible y también subraya la importancia del derecho ambiental y urbanístico en la protección de nuestros recursos naturales

Desde el año 1994 tenemos una Ley Base de Medio Ambiente 19.000 y casi 10 años después en el año 2013 se publica el Reglamente D.S. 40 SEA, que al parecer sólo ha sido un trámite administrativo y no un impedimento real de protección del paisaje. Hay esperanzas que con la promulgación de la Ley del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas pueda potenciar la preservación de los ecosistemas frágiles, como los sistemas dunares de las ciudades costeras. Hoy todos hablan de abordar de manera más severa los planes de planificación territorial y las áreas de evaluación ambiental estratégica contenido en estos instrumentos

Las leyes y regulaciones que deberían haberse aplicado en este caso podrían haber protegido el área y también a los consumidores que hoy se encuentran en una absoluta nebulosa si podrán recuperar sus viviendas. Es vital que el derecho urbanístico en el desarrollo de las ciudades y la planificación de la infraestructura tenga una mirada sustentable y sostenible tal como lo ha mencionado organismos internacionales y que Chile ha ratificado en sus planes de evaluación en metas de los ODS. Es fundamental que el cambio de uso de suelo, en especial en zonas de riesgo, de paisajes de calidad ambiental y visual los permisos no sean fáciles de obtener sin una evaluación de impacto ambiental acabada.

No podemos seguir aprendiendo de casos como este y mejorar la legislación y regulación en materia de derecho ambiental y urbanístico, donde la necesidad de una mayor conciencia y participación ciudadana vinculante es vital, y cabe destacar que la responsabilidad es de todos, desde las autoridades hasta los ciudadanos, en cuidar y preservar nuestro patrimonio natural, y dar acción al tratado de Escazú que permite a los ciudadanos ejercer su derecho de vivir en un ambiente sano y sin contaminación, donde la contaminación visual y el derecho al paisaje también debiera ser considerado con la importancia y altura de otros aspectos evaluados en la Ley.

La ciudadanía debe estar informada sobre los proyectos de construcción en sus áreas locales e involucrarse en la defensa del medio ambiente y el cumplimiento de las leyes urbanísticas. Donde el calentamiento global y el fenómeno del Niño han añadido una capa adicional de incertidumbre del impacto en zonas de alta calidad paisajística y tomar medidas preventivas y de adaptación para garantizar la seguridad y la belleza de nuestro entorno natural.

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